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Cancelación de aportes parafiscales

Tipo de Trámite: Pago

En qué consiste: Pago que las entidades tanto públicas como privadas, sin límite alguno en cuanto a capital, tamaño o número de trabajadores, deben hacer al ICBF equivalente el 3% sobre el valor de la nómina mensual de salarios, de acuerdo con lo establecido por la Ley.

A quién va dirigido el trámite: A entidades tanto públicas como privadas,  sin límite alguno en cuanto a capital, tamaño o número de trabajadores”.

Fechas en que se debe realizar el trámite: Mensualmente, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1670 del 14 de mayo de 2007.

De conformidad con los dos (2) últimos dígitos del NIT, para entidades con más de 200 empleados, se establecieron las siguientes fechas de pago:

2 últimos dígitos del NIT o Documento de Identifiación Día hábil de vencimiento
00 al 10
11 al 23
24 al 36
37 al 49
50 al 62
63 al 75
76 al 88
89 al 99

 

De conformidad con los dos (2) últimos dígitos del NIT, para entidades con menos de 200 empleados se establecieron las siguientes fechas de pago:

2 últimos dígitos del NIT o Documento de Identifiación Día hábil de vencimiento
00 al 08
09 al 16
17 al 24
25 al 32
33 al 40
41 al 48
49 al 56
57 al 64
65 al 72
73 al 79 10º
80 al 88 11º
87 al 93 12º
94 al 99 13º

 

Lugares y Horarios donde se puede o se debe realizar: 1, En los diferentes bancos autorizados por el ICBF. 3. En la Caja de Compensación a la cual tiene afiliados a sus empleados. De Lunes a Viernes en los horarios de atención establecidos por los bancos o las Cajas de Compensación.

Vigencia del Trámite: Mensual

Requisitos: Ninguno

Documentos necesarios: 1, Presentar el número de identificación tributaria, NIT, en original o fotocopia y/o 2, Cédula de Ciudadanía del representante legal. 3. Diligenciar el formato de consignación de los aportes parafiscales. Se hace a través de Internet diligenciando la planilla integrada de liquidación de aportes para empleadores con más de 20 empleados y para empleadores con meno de 19 empleados, a através de la planilla asistida para la liquidación y pago de todo lo relacionado con salud, pensión y parafiscales.

Requiere Pago:

Tipo de Pago: Variable

Valor del Pago Se deberá cancelar: el 3% del total de la nómina de la empresa

Cuenta en la que se realiza el pago: Cuenta Corriente

No. de Cuenta: Varias Cuentas en diferentes Bancos Autorizados.

Dependencia que resuelve el trámite: Bancos Autorizados - Cajas de Compensación

Cargo que resuelve el trámite: Funcionario que recibe el pago correspondiente.

Tipo de Respuesta: Permiso /Autorización /Licencia

Plazo para dar respuesta: Inmediato

Normatividad Relacionada: 1. Ley 27 de 1974, artículo 2. 2. Ley 89 de 1988, en su totalidad. 3. Manual de Recaudo, elaborado por el ICBF, en su totalidad

Datos Importantes: Contribuciones o Aportes Parafiscales: Son los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la ley, que afectan un determinado y único grupo social o económico y se utilizan para el beneficio del propio sector.


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